T.C.M.Y. c/ GCBA s/ AMPARO
Amparo. Se ordena al GCBA que preste una adecuada asistencia alimentaria y educacional al grupo familiar, ya sea a través del “Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho” o cualquier otro programa asistencial, acorde a sus necesidades nutricionales y educacionales, teniendo siempre especial consideración a la composición de su grupo familiar, o en su caso, se le provean los fondos suficientes para su acceso.