B.A.R. c/ ObSBA y otros s/ AMPARO

Amparo. Declara la inconstitucionalidad del art. 3° de la Ley 3021 y del artículo 3° del Decreto Reglamentario 377/09. Ordena a la ObSBA que las retenciones que se le efectúan mensualmente a la actora en su beneficio previsional con destino a la ObsBA sean transferidas a la Obra Social del Personal de Aeronavegación de Entes Privados y, en caso de que ello no fuese posible por no existir convenio entre la ObSBA y dicha entidad, sean derivadas al PAMI o a la empresa de medicina prepaga u obra social que elija la actora en el marco de los convenios celebrados por la ObSBA.

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B.A.R. c/ ObSBA y otros s/ AMPARO Expediente N° A41500-2015/0

Acerca de este documento

Derechos DESCA

Salud

Objetivos de desarrollo sostenible

3. Salud y bienestar

Sujetos

Personas adultas mayores.

Etiquetas

Derecho de libre opción, Obra Social.

Instancia

Primera instancia PIDESC. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Declaración Universal de Derechos Humanos, Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

Jurisdicción

CABA: Juzgado Nº 1.

Fecha de sentencia

23/05/2017