E. V. E. y otros c/ GCBA s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
Cautelar. Se ordena al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que en el plazo de dos (2) días hábiles adopte las medidas que estime necesarias a fin de garantizar el apoyo alimentario del grupo familiar actor hasta tanto concluya el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.h