Lubertino Beltran María Jose C/ GCBA S/ AMPARO (ART. 14 CCABA)
AMPARO. Se hace lugar a la acción disponiendo que no podrá tomarse ninguna medida de enajenación, transferencia, modificación o destrucción del inmueble donde funcionaba la confitería Richmond -que se encuentra incorporada a la lista de bares notables (ley Nº35) y que integra el inventario de la Subsecretaría de
Patrimonio, de conformidad con lo prescripto en la ley 2548 (modificada por la ley 3680)- sin la autorización expresa y fundada del órgano de aplicación
previsto en el artículo 13 de la ley 1227 y del Decreto Nº312/2006.
Patrimonio, de conformidad con lo prescripto en la ley 2548 (modificada por la ley 3680)- sin la autorización expresa y fundada del órgano de aplicación
previsto en el artículo 13 de la ley 1227 y del Decreto Nº312/2006.