Mendoza Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ Daños y Perjuicios.

Ordenar a la Autoridad de Cuenca que contempla la ley 26.168 el cumplimiento del programa establecido en los considerandos de la sentencia, que persigue la mejora de la calidad de vida de quienes allí habitan, la recomposición del medio ambiente -agua, aire, suelos- y la prevención de daños. Además dispone que el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son igualmente responsables en modo concurrente con la ejecución de dicho programa y que la Auditoría General de la Nación es quien realizará el control específico de la asignación de fondos y de ejecución presupuestaria de todo lo relacionado con el Plan de Saneamiento. Asimismo, habilita la participación ciudadana en el control del cumplimiento del Plan y del programa fijado en el presente, encomendando al Defensor del Pueblo de la Nación la coordinación de dicha participación. Atribuye competencia al Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes para conocer en todas las cuestiones concernientes a la ejecución de este pronunciamiento y en la revisión de las decisiones finales tomadas por la Autoridad de Cuenca y mantiene la tramitación de la causa ante esta Corte en lo atinente a la reparación del daño colectivo.

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Mendoza Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ Daños y Perjuicios. Expediente N° Causa M. 1569. XL.

Acerca de este documento

Derechos DESCA

Agua

Objetivos de desarrollo sostenible

6. Agua limpia y saneamiento 3. Salud y bienestar

Sujetos

Niños, niñas y adolescentes, Personas adultas mayores.

Etiquetas

Contaminación ambiental, Contaminación de aguas, Cuenca Matanza-Riachuelo, Daño ambiental, Impacto Ambiental, Residuos Peligrosos.

Instancia

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Fecha de sentencia

08/07/2008