Parpagnoli Maximo y otros C/ GCBA S/ AMPARO
Se ordena al GCBA y al ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN a que en el plazo de treinta (30) días presenten al Tribunal un plan de trabajo —que no podrá insumir en total más de seis meses de duración— tendiente a identificar e inventariar los bienes muebles de valor cultural, histórico y/o artístico que integran el patrimonio del TEATRO COLÓN. Finalizado el relevamiento dispuesto, se instrumenten los mecanismos previstos en la ley 1227 a fin de hacer efectiva la catalogación y la protección de dichos bienes en los términos de esa norma. Concluido el procedimiento, se establezcan las medidas que se estimen más adecuadas para exhibir, difundir y/o poner a disposición del público, artistas, investigadores, etc. el patrimonio mueble protegido.