R. M. A. c/ GCBA s/ AMPARO – EMPLEO PUBLICO -OTROS

Condenan al GCBA a reprogramar los horarios de trabajo de una enfermera franquera, de manera que se ajuste a jornadas laborales de 6 horas diarias y hasta 30 horas semanales, los días sábados, domingos. feriados, asuetos y días no laborales, sin afectar su salario. No obstante podrá prestar tareas en días hábiles de manera excepcional mientras dure la emergencia sanitaria y con una jornada máxima de 30 horas semanales.

Acceder a la información

R. M. A. c/ GCBA s/ AMPARO – EMPLEO PUBLICO -OTROS Expediente N° EXP 4051/2020-0

Acerca de este documento

Derechos DESCA

Salud Trabajo

Objetivos de desarrollo sostenible

3. Salud y bienestar 8. Trabajo decente y crecimiento económico

Sujetos

Mujeres.

Etiquetas

Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio - ASPO, COVID-19, Derechos Laborales, Empleo Público, Guardia Médica, Hospitales, Personal de Salud, Personal franquero, Tareas insalubres.

Instancia

Primera instancia

Fallos asociados

R. M. A. c/ GCBA s/ AMPARO – EMPLEO PUBLICO -OTROS.

Jurisdicción

CABA: Juzgado Nº 6.

Fecha de sentencia

12/03/2021