ROGNA Miquel Angel c/ GCBA s/ AMPARO

Ordena al GCBA garantizar al amparista el contenido mínimo del derecho a la vivienda digna, conforme a los parámetros de adecuación establecidos por la Observación General 4º del Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. A tal efecto, podrá incluirlo en un programa habitacional que le permita atender el valor actual del mercado de una vivienda. O, en forma alternativa, podrá dar cumplimiento a lo ordenado a través de otro medio diferente al subsidio, siempre que no sea un parador u hogar.

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ROGNA Miquel Angel c/ GCBA s/ AMPARO Expediente N° 213853/2021-0

Acerca de este documento

Derechos DESCA

Salud Vivienda

Objetivos de desarrollo sostenible

10. Reducción de las desigualdades 3. Salud y bienestar

Sujetos

Personas con Problemas de Salud Mental, Personas en Situación de Pobreza.

Etiquetas

Vulnerabilidad Social.

Instancia

Primera instancia PIDESC. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observaciones Generales del Comite de Derechos Económicos Sociales Culturales.

Fallos asociados

ROGNA Miquel Angel c/ GCBA s/ INCIDENTE DE APELACION – AMPARO.

Jurisdicción

CABA: Juzgado Nº 23.

Fecha de sentencia

04/03/2022