T.C.M.Y. c/ GCBA s/ AMPARO

Amparo. Se ordena al GCBA que preste una adecuada asistencia alimentaria y educacional al grupo familiar, ya sea a través del “Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho” o cualquier otro programa asistencial, acorde a sus necesidades nutricionales y educacionales, teniendo siempre especial consideración a la composición de su grupo familiar, o en su caso, se le provean los fondos suficientes para su acceso.

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T.C.M.Y. c/ GCBA s/ AMPARO Expediente N° 7659/2014-0

Acerca de este documento

Derechos DESCA

Alimentación Educación Vivienda

Objetivos de desarrollo sostenible

4. Educación de calidad 1. Fin de la pobreza 2. Hambre cero

Sujetos

Personas con discapacidad, Personas con Enfermedades Crónicas, Personas en Situación de Pobreza, Personas en Situación Laboral Precarizada o Desempleadas.

Etiquetas

Asistencia Alimentaria, Familias Monomarentales, Necesidades Nutricionales Especiales, Programa Ciudadania Porteña, Subsidio habitacional.

Instancia

Primera instancia Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Convención Americana sobre los Derechos Humanos, Declaración Universal de Derechos Humanos.

Jurisdicción

CABA: Juzgado Nº 15.

Fecha de sentencia

06/08/2018